Encabezado de impresión
25 de Octubre de 2010
      

Cónyuge

Consiste en el pago de una suma de dinero mensual que se abona al beneficiario del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones por su esposa y a la beneficiaria del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones por su esposo si éste se encuentra afectado de invalidez total, absoluta y permanente y siempre que no perciba ingresos por ningún concepto. La cobra únicamente el titular de la prestación.

Montos

Para conocer los topes remunerativos y los montos correspondientes, acceda a la Tabla de Montos vigentes a partir de septiembre de 2008, -Jubilados y Pensionados- desde aquí.

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